JUSTICIA
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una Sentencia histórica este martes 25 de noviembre de 2025, que marca un antes y un después en los derechos LGTBI+ en el continente.
La Decisión Clave:
La resolución establece que todos los Estados miembros de la UE están obligados a reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo que hayan sido contraídos legalmente en otro país de la Unión, incluso si su legislación nacional no contempla el matrimonio igualitario.
Los Puntos Clave que Blindan Nuestros Derechos:
* Obligatoriedad de Reconocimiento: Ningún país de la UE puede negarse a reconocer el estado civil de una pareja casada del mismo sexo, si el matrimonio se celebró legalmente en otro Estado miembro.
* Libertad de Circulación: La Sentencia se fundamenta en la normativa de la UE sobre la libre circulación y el derecho al respeto de la vida privada y familiar, lo que garantiza que nuestros derechos nos acompañen al movernos por el bloque.
* El Caso que Hizo Historia: La decisión responde a un caso originado en Polonia, donde las autoridades se negaron a registrar el matrimonio de dos ciudadanos polacos casados legalmente en Alemania.
Esta resolución afecta directamente a países como Polonia, Rumanía, Eslovaquia, Bulgaria y Hungría, obligándolos a reconocer, a efectos legales y de libre circulación, los matrimonios celebrados en el resto de la Unión Europea.
Reacción en España
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha celebrado la sentencia, resumiendo su significado con contundencia: «Frente al odio, amor y libertad».
¡Una victoria monumental para el amor y la libertad en Europa!
Documento Legal del TJUE (Sentencia 25/11/2025)
El caso de origen es el Asunto C-713/23 (Cupriak-Trojan).
El texto de la Sentencia final todavía puede tardar en ser publicado en todos los idiomas en la web oficial CURIA. Consulta el estado del caso en el siguiente enlace:
+ INFORMACIÓN sobre el Asunto C–713/23 en el TJUE: